Lo emite quien manda la mercancía, no quien la lleva. Desde el 5 de octubre, en digital. Si falta, la multa llega hasta 6.000 € y responden las dos partes.
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El documento de control administrativo: el papel que ampara cada transporte de mercancías por carretera. Lo formaliza el cargador y, desde el 5 de octubre, tiene que ir en digital.
Uno por cada envío que sacas, no uno al día: quién carga, quién transporta, qué mercancía y de dónde a dónde.
Porque la ley se lo pide al cargador: tú lo emites y el transportista lo confirma. Si no se formaliza, respondéis los dos.
Los datos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012, en un PDF con QR y URL única, accesible durante todo el viaje.
El agente escanea el QR en carretera, pero la infracción de no formalizarlo es tuya. «Lo tengo en la oficina» no vale para ninguno de los dos.
Sin DeCA, la multa también es tuya: hasta 6.000 €
En cada control. Por cada camión. Y para las dos partes. · Régimen sancionador de la LOTT · Ley 9/2025 (BOE-A-2025-24545) · Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784).
Tres preguntas y te decimos si te obliga, por qué y qué te toca hacer antes del 5 de octubre.
FINO BUSINESS GROUP, S.L. · B22615900 · Las Palmas de Gran Canaria. Ni un buzón ni una plataforma sin cara: puedes venir a la oficina.
Cada documento queda archivado con su QR y su URL única, y el agente lo abre sin usuario ni contraseña. Si te das de baja, te llevas tus datos.
Hablas con alguien que conoce el sector, no con un chat automático. Teléfono, correo y WhatsApp, en horario de aquí.